Con el cambio del Juzgado de Mazamitla ubicado en la planta baja de la Presidencia Municipal, para atender casos de índole civil únicamente por decisión del Consejo de la Judicatura del Estado, trataremos de ahondar un poco mas en el tema y también de aclarar un poco los beneficios o perjuicios que esto podría acarrear.
La información textual dice: "Se hace del conocimiento de funcionarios y servidores públicos dependientes de este Consejo, demás Autoridades, abogados, litigantes y público en general que se determina que los Juzgados Mixtos de Primera Instancia en San Gabriel, Mazamitla y Tamazula de Gordiano, Jalisco, correspondientes a los Vigésimo Primero, Vigésimo Sexto y Vigésimo Octavo Partidos Judiciales, respectivamente, adquirirán la denominación de Juzgados Especializados en materia Civil, con la competencia y jurisdicción que tienen designada. En lo tocante a las nuevas causas penales que se originen, tendrán competencia los dos Juzgados Penales en Zapotlán el Grande, Jalisco, del Décimo Cuarto Partido Judicial".
Extendiéndose esto también a: "Los Juzgados Menores, localizados en Tolimán, La Manzanilla de la Paz, Santa María del Oro, Tecalitlán, Pihuamo y Jilotlán de los Dolores, Jalisco; de igual manera, los Juzgados de Paz del Vigésimo Primero y Vigésimo Sexto Partido Judicial, respectivamente, ubicados en Tonaya, Tuxcacuesco, Zapotitlán de Vadillo y Concepción de Buenos Aires, en lo que toca a la materia penal, a los Juzgados Penales del Décimo Cuarto Partido Judicial, con sede en Zapotlán el Grande, Jalisco, quedando intocada la jurisdicción y competencia de los asuntos del orden civil". Ademas "Los Titulares de estos Juzgados Mixtos de Primera Instancia en San Gabriel, Mazamitla y Tamazula de Gordiano, Jalisco, que cambian de denominación, asistidos de un Secretario, elaborarán acta circunstanciada de conclusión de causas penales y enviarán un ejemplar a la Comisión de Administración y Vigilancia, para efecto de que se lleven a cabo los movimientos requeridos en el sistema estadístico. De igual forma, deberán realizar las anotaciones correspondientes en los libros de gobierno, certificando el cierre de los mismos".
Por lo tanto y desde ayer primero de marzo del año en curso, únicamente serán competentes para conocer de asuntos familiares, civiles, mercantiles y la especialidad que les sea legalmente permitida.
Las justificaciones para el cambio de jurisdicción y competencia de los Juzgados a que se han hecho referencia en el presente acuerdo, son que no implica costo adicional al presupuesto del Poder Judicial del Estado de Jalisco, pues no se requieren nuevos elementos materiales para su inicio, ni plazas adicionales. Intentando con esto brindar una mejor atención agilizando procesos, pero haciéndolo fuera de las poblaciones de la región concentrando todo en Ciudad Guzmán lo que implicaría transporte, redundando en tiempo y gastos mayores.
Eso si es necesario también aclarar que las personas que actualmente son procesadas penalmente y que se encuentran recluidas en las cárceles municipales de los todos los poblados referidos en el presente, continuarán sujetas a la jurisdicción de los Jueces actuales, hasta la conclusión de su proceso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario